Capítulo de María Eizaguirre

¿Qué alcance tiene y como puede evitarse la “pena del telediario”?

La reciente reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal intenta proteger la imagen, la intimidad y el honor de las personas que son detenidas y trasladadas ante los Tribunales por las fuerzas de orden público.

Sin embargo, el relato público que desde los medios de comunicación se hace de los casos judiciales noticiosos supone una doble condena para quienes son señalados como presuntos culpables.

Y es que aunque la justicia la imparten los jueces, los platós de televisión se han convertido en otro juzgado paralelo sometido al criterio de la opinión pública que, además, no suele aplicar el principio de presunción de inocencia.

De esta manera se configura una condena social añadida a la judicial (en su caso), que es discriminatoria, porque afecta en mayor medida a los rostros populares, e injusta, porque castiga por igual al inocente que al que no lo es.

Es lo que comúnmente se conoce como “pena de telediario”. Un fenómeno cuyas características pone de manifiesto este profundo estudio de María Eizaguirre, a partir del análisis del tiempo y relevancia que las principales cadenas de televisión han dedicado a los casos judiciales más mediáticos de los últimos tiempos (Luis Bárcenas, infanta Cristina e Iñaki Urdangarin, Manuel Chaves, José Antonio Griñán, Rodrigo Rato o Jordi Pujol).

Se trata del segundo capítulo de Noticias las justas, libro de autoría colectiva editado por Wolters Kluwer y que cuenta con los mejores profesionales del periodismo, la justicia y la divulgación.